Resumen de la Resolución General N° 52/2020 de la SET
La Resolución General N° 52/2020, emitida por la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) del Paraguay, establece medidas administrativas excepcionales en respuesta a la situación de emergencia sanitaria declarada por la pandemia del COVID-19. Esta normativa busca adaptar los procedimientos tributarios para minimizar la presencia física en las oficinas de la institución y garantizar la continuidad de los trámites tributarios en un contexto de restricciones sanitarias.
Objeto y alcance de la resolución
El principal objetivo de la resolución es regular la gestión de trámites en la SET durante la vigencia de las medidas sanitarias, priorizando el uso de plataformas digitales y la atención mediante citas previas. Se busca reducir la circulación de personas en las dependencias de la institución, en línea con las acciones preventivas establecidas por las autoridades sanitarias y en cumplimiento del marco legal vigente, incluyendo la Ley N° 6.524/2020 que declaró el Estado de Emergencia en todo el territorio paraguayo.
Principales disposiciones y cambios en los procedimientos
Atención presencial mediante citas previas
Durante la vigencia de las medidas sanitarias, los trámites presenciales en las oficinas de la SET se realizarán únicamente con cita previa, la cual será agendada por la propia institución. La convocatoria se enviará a la dirección de correo electrónico registrada en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) o en la solicitud del trámite correspondiente. Además, la SET podrá contactar telefónicamente a los contribuyentes o sus representantes para confirmar la cita.
Acceso a las oficinas de la SET
El ingreso a las dependencias de la SET estará condicionado a la verificación de la convocatoria previa y al cumplimiento de las medidas sanitarias vigentes, como el uso obligatorio de mascarillas, control de temperatura y distanciamiento social. La finalidad es garantizar la seguridad tanto del personal como de los contribuyentes.
Reinicio de plazos administrativos y modificación de disposiciones previas
Se reanudan los plazos administrativos que estaban suspendidos debido a la emergencia sanitaria, con lo cual se busca normalizar los procesos tributarios. Además, se modifican ciertas disposiciones de la normativa anterior, en particular de la RG N° 114/2017, para adaptarlas a la nueva realidad y facilitar la gestión digital de los trámites.
Impacto para los contribuyentes y operadores tributarios
La implementación de estas medidas representa un cambio significativo en la forma en que los contribuyentes gestionan sus obligaciones tributarias. La obligatoriedad de agendar citas y realizar trámites en línea fomenta el uso de plataformas digitales, en línea con la Ley N° 4.380/2010 de firma electrónica y la modernización del sistema tributario. Esto, además, busca reducir la congestión en las oficinas y acelerar los procesos administrativos en un contexto de restricciones sanitarias.
Contexto legal y marco normativo
La resolución se fundamenta en diversas leyes y decretos que regulan los procedimientos administrativos, la validez jurídica de la firma digital y la situación de emergencia sanitaria. Entre ellas, se destacan la Ley N° 4.679/2012 de trámites administrativos, la Ley N° 4.017/2010 sobre firma electrónica y la Ley N° 6.524/2020 que declara el Estado de Emergencia en Paraguay.
Conclusión
La Resolución General N° 52/2020 de la SET refleja la adaptación del sistema tributario paraguayo a las circunstancias excepcionales generadas por la pandemia del COVID-19. La medida prioriza la seguridad y la salud de los contribuyentes y del personal de la institución, promoviendo el uso de tecnologías digitales y la atención remota. Es fundamental que los contribuyentes estén atentos a las convocatorias y sigan las indicaciones para gestionar sus trámites de manera efectiva durante este período de emergencia sanitaria.
